Qué exige el ISP, qué dispositivos requieren registro sanitario y qué significa para la compra de equipamiento médico en tu institución.
En resumen: en Chile, la fabricación, importación, comercialización y distribución de dispositivos médicos bajo control sanitario requieren registro sanitario ante el ISP (Instituto de Salud Pública), conforme al DS 825/1998 y al artículo 111 del Código Sanitario. La lista de dispositivos bajo control obligatorio se ha ido ampliando. Comprar a proveedores que respaldan el cumplimiento te da seguridad y trazabilidad.
El registro sanitario del ISP es la autorización que permite fabricar, importar, comercializar o distribuir un dispositivo médico bajo control en el territorio nacional. Su marco principal es el Decreto Supremo Nº 825 (1998) y el artículo 111 del Código Sanitario, que incorpora ciertos productos al régimen de control sanitario obligatorio.
Actualmente están bajo control sanitario obligatorio (con su normativa específica):
La regulación avanza hacia cubrir más dispositivos. En 2026 se publicó normativa (Decreto Exento Nº 25 del MINSAL) que incorpora nuevos dispositivos médicos —incluidos dispositivos de diagnóstico in vitro (IVD) y de mayor riesgo— al régimen de control sanitario. Es esperable que la lista de productos que exigen registro siga creciendo.
La solicitud de registro se realiza durante todo el año a través del sitio del ISP, por parte de quienes fabrican, importan o distribuyen el dispositivo. La autorización tiene una vigencia de tres años, renovable por períodos iguales.
Al adquirir equipamiento e insumos, conviene exigir al proveedor la documentación que respalda el cumplimiento (registro cuando corresponda, certificados de calidad y trazabilidad). Esto protege a tu establecimiento en auditorías, licitaciones y compras vía Mercado Público, y da seguridad clínica al paciente.
En Oller trabajamos con fabricantes que cumplen estándares internacionales y entregamos la documentación que respalda el cumplimiento ante el ISP, además de asesoría, reposición y servicio técnico en Chile. Conoce nuestro instrumental o solicita una asesoría.
No todos: el registro es obligatorio para los dispositivos incorporados al régimen de control sanitario (por ejemplo guantes, jeringas, agujas y preservativos), y la lista se ha ido ampliando con normativa reciente que incluye dispositivos de mayor riesgo e IVD.
La autorización tiene una vigencia de tres años, renovable por períodos iguales mientras no se ponga término expresamente.
Quien fabrica, importa, comercializa o distribuye el dispositivo. Al comprar, solicita al proveedor la documentación que respalda el cumplimiento.
Fuentes: Instituto de Salud Pública de Chile (ispch.gob.cl), ChileAtiende y DS 825/1998. Contenido informativo; para casos específicos, verifica con el ISP o un asesor regulatorio.
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